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Destrucciones Fiscales
La destrucción fiscal de inventarios es el proceso formal de eliminar productos que ya no son vendibles, ya sea por caducidad, deterioro, obsolescencia o exceso de stock, con el objetivo de obtener beneficios fiscales. Este procedimiento permite deducir el valor de estos bienes en el pago del ISR y requiere cumplir con regulaciones del SAT y Normas Oficiales Mexicanas (NOM), incluyendo el aviso y registro del proceso.
¿Qué es y para qué sirve?
Definición: Es la eliminación controlada de inventarios que han perdido su valor comercial.
Propósito: Liberar espacio, reducir costos de almacenamiento y, lo más importante, deducir el costo de los bienes del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Requisitos
Notificación al SAT: Se debe presentar un aviso de destrucción ante el SAT a través de los canales o formatos designados, como el sistema de «Donación y destrucción».
Evidencia del proceso: Es crucial contar con documentación que compruebe la destrucción, como fotografías, videos o un certificado emitido por una empresa especializada.
Cumplimiento legal y ambiental: Se debe seguir la Ley del Impuesto Sobre la Renta y otras normativas, como la NOM-161-SEMARNAT-2011, que regula el manejo de residuos.
Certificación: Se puede obtener un certificado de destrucción que valide el proceso y sirva para respaldar las deducciones fiscales.
Aviso de donación y destrucción de mercancía
Para realizar este proceso, es indispenzable presentar el Aviso de donación y destrucción de mercancía observando la regla 3.3.1.14 y la ficha 31/ISR inciso a), 2017, por lo menos 30 días antes de la fecha en la que pretenda efectuarse, señalando: Nombre de la empresa, nombre del representate legal, firma electrónica, datos de los bienes, método de destruccion manual, fecha, hora y lugar de la misma, domicilio donde se llevará a cabo la destrucción, fundamento legal.
Fundamento Legal
- Ley de ingresos de la federación artículo 16
- Ley de impuestos sobre la renta, artículo 27
- Código fiscal de la federación, artículo 32-F
- Reglamento de la ley del impuesto sobre la renta, artículos 107, 108, 109, 125 y 123
- Anexo 1-A de la resolución miscelanea fiscal para 2017, ficha de trámite 39/ISR
Preguntas Frecuentes
Resolvemos tus dudas sobre nuestro servicio de Destrucción Fiscal.
¿Qué implicaciones tiene para efectos del IVA la donación y destrucción de mercancías que perdieron valor?
En caso de ser deducibles para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta no se consideran enajenación para efectos del IVA.
En este sentido la donación y destrucción de mercancías son deducibles para efectos del ISR cuando se lleve a cabo la donación o destrucción de mercancías que perdieron valor en los términos señalados por las disposiciones fiscales aplicables.
Fundamento legal: Artículo 8, segundo párrafo de la Ley del IVA; artículo 25, primer párrafo, del Reglamento de la Ley del IVA; artículo 27, fracción XX, de la Ley del ISR; y artículos 107, 108, 109, 124 y 193 del Reglamento de la Ley del ISR.
¿Cuándo se presenta el aviso de Destrucción fiscal de mercancía?
¿Puede considerarse como deducible la destrucción de mercancías, sin haberse ofrecido, previamente en donación?
Se considera que los contribuyentes no incumplen con el requisito de ofrecer en donación los bienes que han perdido su valor antes de proceder a su destrucción, cuando se vean impedidos a ello, debido a que otro ordenamiento o disposición legal aplicable, relacionado con el manejo, cuidado o tratamiento de dichos bienes, prohíba expresamente su venta, suministro, uso o, en su caso, que se establezca otro destino para los mismos.
Fundamento legal: Artículo 27, fracción XX, segundo párrafo de la Ley del ISR; artículos 107 y 108 del Reglamento de
la Ley del ISR.
¿Qué tipo de tipos de mercancias pueden considerarse para destrucción fiscal?
- Equipos electrónicos
- Metales
- Electrodomésticos
- Cosmeticos
- Textiles
- Líquidos
- Producto Terminado
- Calzado
¿Quienes pueden presentar el trámite de Destrucción Fiscal?
Personas físicas y morales que deban destruir u ofrecer en donación mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados, que hubieran perdido su valor, dejaron de ser útiles o termina su fecha de caducidad.
5 Beneficios de la Destrucción Fiscal
A continuación te presentamos algunos de los beneficios de la destrución fiscal de mercancia.
1.- Deducción de Impuestos:
El beneficio principal es que permite a la empresa deducir el costo de la mercancía que ya no es apta para la venta (obsoleta o dañada) como una pérdida deducible, reduciendo así la base gravable para el pago del ISR.

2.- Cumplimiento Legal y Normativo:
Al realizar el proceso bajo los lineamientos del SAT, la empresa evita multas y sanciones por malos manejos de inventario o por intentar dar de baja activos sin el soporte legal adecuado.
3.- Optimización de Espacio en Almacén:
Permite liberar espacio físico valioso ocupado por tambos o materiales que ya no tienen valor comercial, mejorando la eficiencia logística y reduciendo costos de almacenamiento.
4.- Control de Inventarios Real:
Ayuda a mantener una contabilidad limpia y real. Al destruir y documentar legalmente el material, los registros contables coinciden exactamente con la existencia física, facilitando auditorías internas y externas.
Líderes en soluciones industriales ambientales, desde el reacondicionamiento de tambos hasta la gestión especializada en residuos de manejo especial (Destrucciones Fiscales, remoción de escombros y transporte de residuos organicos).
5.- Responsabilidad Ambiental Certificada:
Al realizar la destrucción con una empresa que cuenta con Licencia Ambiental Integral (como en nuestro caso), se garantiza que el material resultante sea reciclado o confinado correctamente, cumpliendo con las normas ambientales mientras se cierra el ciclo fiscal.
Respaldo y Confianza
Lo que dicen las empresas que confían en nuestros servicios.
Un aliado indispensable para nuestras exportaciones.
Como exportadores a la Unión Europea, no podemos permitirnos errores en el empaque. Reconstructora de Tambos nos garantiza tambos que cumplen con los estándares internacionales de resistencia y limpieza. Su profesionalismo nos da la seguridad de que nuestro producto llegará intacto a su destino.
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Datos de contacto
(662) 848 44 76
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